¿Qué porcentaje del Salario Base de Cotización se paga por la Continuación Voluntaria y cada cuándo?  

Como ya dijimos antes, en las dos Leyes del IMSS (la de 1973 y la de 1997) se establece que, cuando el trabajador se da de alta nuevamente en el IMSS bajo la Modalidad 40 o Continuación Voluntaria, al no tener patrón que pague las cuotas sociales que le corresponden a éste, e igualmente, como tampoco hay nómina de la cual se le podría descontar la parte que le corresponde al trabajador, éste tiene que pagar íntegramente las cuotas obrero patronales.

¿Cada cuándo? En la Ley de 1973 se dice que el trabajador tiene que pagarlas por bimestre o en anualidades adelantadas, en tanto que en la de 1997 se estableció que se paguen “por mensualidad adelantada”.

Por cierto, en la Ley del IMSS de 1997 se establece que el trabajador deberá pagar la totalidad que corresponde al Retiro (2%); en los otros dos ramos (Cesantía en Edad Avanzada y Vejez) cubrirá el importe de las cuotas obrero-patronales (4.275%). Por su parte, el Estado aportará la parte que, conforme a esta ley, le corresponde (0.225%), más la cuota social (cuando proceda) y que significa un 5.5% del Salario Mínimo General que rija en el DF, por cada día de salario cotizado por el trabajador.

Por su lado, en el Seguro de Invalidez y Vida, el asegurado cubrirá las cuotas obreros-patronales y el Estado la parte que le corresponda, de acuerdo con los porcentajes señalados en la Ley de 1997.

Adicionalmente, en la Ley de 1997 se señala que el asegurado deberá cubrir las cuotas que corresponderían al patrón y al trabajador cuando haya diferencias entre las prestaciones contractuales y las establecidas en la Ley.

Como se ha señalado que la Continuación Voluntaria o Modalidad 40 cubre sólo los Seguros de Enfermedades y Maternidad, y Seguros de Invalidez, Vejez, Cesantía en Edad Avanzada y Muerte (Ley de 1973), y Seguros de Invalidez y Vida y los de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (Ley de 1997), los pagos patronales por concepto de INFONAVIT no están contemplados. Por tanto, el trabajador no hará ningún pago por concepto de vivienda.

En fin, como será el mismo trabajador quien, de su propio bolsillo, pagará las cuotas de la seguridad social, no está por demás recordarle algunas cosas. Por ejemplo:

  1. Las cuotas tiene que pagarlas mes tras mes, bimestre tras bimestre o en anualidad adelantada, en los días o fechas que le haya fijado el IMSS.
  2. Si se atrasase o dejase de cubrir estas cuotas durante dos meses consecutivos, tiene que volver a solicitar por escrito su reingreso a esta Modalidad.
  3. En este último caso, esta solicitud debe hacerla dentro de los doce meses siguientes a la fecha de su baja (automática) de la modalidad de Continuación Voluntaria.
  4. No se hace ninguna aportación por concepto de Vivienda al INFINAVIT.

2 comentarios en “¿Qué porcentaje del Salario Base de Cotización se paga por la Continuación Voluntaria y cada cuándo?  ”

    1. Gracias, doña María Elena, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      En cuanto a su pregunta, le comento que afuera de las Delegaciones, Subdelegaciones o Unidades de Medicina Familiar del IMSS, siempre hay un puesto para sacar fotocopias. Igualmente, ahí tienen computadora con el texto de la carta que debe entregar al IMSS para solicitar la M-40.
      Pero también puede usted llevar ya la carta hecha y el machote que han manejado es el siguiente:
      México, D.F., a …….de 2020

      Instituto Mexicano del Seguro Social
      Subdelegación No. 10 “Churubusco”
      Departamento de Afiliación y Vigencia
      Seguros Especiales
      P r e s e n t e

      Quien suscribe, MARIA ELENA JIMÉNEZ MASCAREÑAS, con número de Seguro Social _______________, domicilio en ___________________________, Colonia _____________________, Municipio _________________, Código Postal _______, y con número telefónico __________,
      Por medio de la presente, me permito solicitar la Alta en la Continuación Voluntaria Modalidad 40, a partir de ________________________del 2020, con un Salario Base de Cotización de $_________.00.

      Sin más por el momento, quedo de ustedes.

      Atentamente,

      María Elena Jiménez Mascareñas

      ______________________________

      Espero le sean de utilidad estas líneas. Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

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