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ADVERTENCIA

Las preguntas y respuestas han sido elaboradas y obtenidas, básicamente, de las leyes, reglamentos, informes y otros documentos publicados en los portales de instituciones como el IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, CONSAR y AMAFORE.

La mayoría de los textos conservan la idea original, textual casi. En algunos se cambiaron verbos y tiempos; en otros, algunos términos, con la finalidad de acercarlos más al lenguaje común de los mortales, alejándolos de tecnicismos.

Reconozco que en este afán pude incurrir en inexactitudes. Por lo mismo, en los comentarios a cada entrada (o pregunta) serán bien recibidas las aclaraciones de los cibernautas y de las propias instituciones señaladas y/o afectadas.

Ya lo dijo Antonio Machado: “Se hace camino al andar”.

Atentamente,

Augusto Cabrera Mondragón.

8 comentarios en “Home”

    1. No, señor Espinosa. Este blog es del sistema pensionario de MÉXICO. Seguramente hay situaciones que se le parezcan. Pero hasta ahí.
      En Colombia seguramente existe un blog muy similar al mío y, también muy seguramente, mejor que el mío.
      Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

  1. Comencé a cotizar desde el 84 y hasta el 2006, y me olvidé del seguro, estoy apunto de cumplir 60 en agosto 2019 cómo puedo recuperar mi derecho a pensión. Tengo como 1060 semanas cotizadas. Qué me aconseja gracias por su respuesta.

    1. Gracias, Trinidad, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Y en relación con su pregunta, le informo que está usted muy a tiempo para recuperar su derecho a pensión y, además, buscar mejorar sensiblemente el monto que, eventualmente, le acuerden al momento de pensionarse. Por ello, le sugiero que vaya a mi blog y abra el apartado de Preguntas más Frecuentes y busque ahí los temas que le interesan y, sobre todo, los que necesitan para solucionar la situación que vive y que me comenta y, además, tratar de mejorar la cuantía que le vayan a otorgar cuando haga el trámite de pensión. Entre otras preguntas, puede abrir las preguntas número 1, 5, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 40, 41, 42, 43 y 45, entre otras. Ahí encontrará respuesta a las preguntas que me plantea, así como al consejo que usted amablemente me pide.
      Espero que le sean muy útiles estos comentarios y, sobre todo, precisas y claras las respuestas a sus dudas e inquietudes. Si aún le quedase alguna duda, vuelva a formularme por correo y con gusto trataré de respondérsela en forma oportuna.
      Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes, Trinidad.

      1. Muchas gracias por su respuesta, por lo que leí entiendo que tengo que asegurarme un año más y después entrar al programa 40, en el que yo hago mis aportaciones, lo más altas posible. Estoy bien?
        Mi pregunta es: es necesario que un patrón me asegure por ese año? O puedo yo comprar un seguro anual? Y posteriormente entrar al plan 40?
        Puedo hacer eso? O estoy equivocada?
        Gracias por su respuesta

        1. Nuevamente le saludo, doña Trinidad y con gusto le respondo:
          En virtud de que sus derechos de pensión están “en suspenso” por no haber cotizado más de 20 años, FORZOSAMENTE tiene que ser contratada por un patrón, es decir, quedar asegurada en el seguro (valga la redundancia) obligatorio, de ley, POR LO MENOS UN AÑO y ya después, usted se da de baja y entra al programa de M-40, haciendo sus aportaciones al IMSS lo más altas que usted pueda y desée. Es decir, por usted misma no puede pagar el seguro anual hasta que no entre a la M-40, pero para que pueda acceder a la M-40 tiene que ser dada de baja del seguro obligatorio y para darse de baja del seguro obligatorio, hay que estar dada de alta en el seguro obligatorio y usted hace más de 20 años (según recuerdo que me escribió) que no cotiza al IMSS.
          Espero que ahora le quede más claro y lea con cuidado las preguntas que le sugerí en mi respuesta anterior.
          Le envío nuevamente un cordial saludo y me reitero a sus órdenes, doña Trinidad.

  2. Estoy por iniciar el proceso de pension ante el IMSS. Entiendo que debo obtener una cuenta en cualquiera de los bancos autorizados por el IMSS. Mi problema es que radico en USA y por circunstancias migratorias aun no puedo salir hacia Mexico.
    Como podria obtener una cuenta bancaria para el deposito de mi pension desde USA ? Les informo que ya lo he intentado por diferentes bancos, pero no es posible hacerlo desde USA.
    Pude sacar cuenta de ahorros en los bancos BANCO AUTOFIN y BANCO DEL BIENESTAR, pero no estan autorizados por el IMSS ya que no aparecen en la lista que me dio la oficina de mi clinica del IMSS.

    1. Gracias, señor Márquez, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Le comento, respondiendo su pregunta, que no se preocupe aún por la cuenta bancaria, pues ésta se puede abrir en un dos por tres en territorio nacional, y eso lo podrá hacer precisamente cuando usted venga al país a hacer su trámite de pensión, pues éste también es presencial. Así que, primeramente, revise bien si cumple los requisitos (supongo que los de la Ley IMSS 1973): edad (60 años cumplidos o más), semanas cotizadas (mínimo 500), presentar la tarjeta rosa de su “baja” ya sea en el régimen obligatorio (mediante patrón) o de la Modalidad 40 (régimen de incorporación voluntaria) y, sobre todo, si su derecho a pensión está o no vigente, lo que depende, mucho, 1) de los años que tenga o haya cotizado y 2) del tiempo que lleva sin cotizar en cualquiera de los dos regímenes.
      Entiendo que podría usted firmar una carta-poder para que, en su lugar, un conocido, familiar, amigo, abogado, vecino, etc., le haga el trámite.
      Por otro lado, sería bueno que preguntase si alguien de su absoluta confianza le “presta” su cuenta bancaria para que le depositen, en su momento, el monto de3 su pensión. Esto tiene que preguntarlo en la oficina de su clínica del IMSS donde le dieron los nombres de los bancos autorizados para recibir depósitos de pensiones.
      Espero le sean útiles estos datos y comentarios. Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

      Postdata: Me encantaría que me comentara, por esta vía, la “solución” que se encuentre a su caso o la alternativa que el IMSS acepte, pues podría ser el caso de otros mexicanos también ya radicados en el exterior y que se encuentran en la misma situación que usted, y podría ser muy útil informarles cuál es el camino a seguir.

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