Este derecho se ejerce cuando cumpla el trabajador los requisitos para pensionarse. Generalmente, se trata de personas con 60 años o más y que han quedado sin trabajo remunerado (requisito de edad) y que deben tener un mínimo de 25 años de cotización reconocidos en el ISSSTE (requisito de tiempo de cotización), y aplica cuando los recursos en la cuenta individual no son suficientes para contratar o la Renta Vitalicia o el Retiro Programado (incluyendo el Seguro de Sobrevivencia para los beneficiarios).
En este caso, la AFORE o PENSIONISSSTE le pagan esta pensión con cargo a ese saldo acumulado, pero como éste es seguramente insuficiente y, además, en poco tiempo se agotaría, entonces entra al quite el Gobierno Federal, el cual seguirá pagando esta pensión mínima hasta el fallecimiento del titular. Por eso es que se dice que está garantizada.
Seguramente te preguntarás: ¿A cuánto asciende una Pensión Mínima Garantizada? Te lo decimos en otra “entrada” o pregunta.