SÍ. Debe el trabajador solicitarlos tan pronto como se jubile o pensione y si se le hubiese pasado hacerlo, tiene hasta diez años, después de pensionarse o jubilarse, para exigirlos.
La única excepción a esta regla de los 10 años para que el trabajador retire su Fondo de Ahorro 1972-1992 es que el saldo del mismo sea menor a $2,541. En este caso, puede retirarlo, incluso, después de 10 años de haberse jubilado o pensionado.
Lo recomendable es que lo solicite en el mismo momento en que tramite su pensión o tan pronto le concedan ésta (o, en su caso, ante la negativa de pensión), pues recuérdese que los recursos de esos primeros 20 años del INFONAVIT, no generaron intereses en favor de los trabajadores.
En otras palabras, esos recursos depositados en el sistema bancario o financiero nacional, se vieron afectados por los diferentes fenómenos económicos registrados en ese largo y convulsionado período de altas inflaciones y frecuentes devaluaciones.
En el caso específico de este primer Fondo de Ahorro de los Trabajadores, se vio seriamente erosionado por la eliminación de tres ceros que, a partir del 1º de enero de 1993, se hizo al sistema monetario nacional, es decir, concretamente al peso mexicano, de modo que si tenías ahorrados diez mil pesos, por ejemplo, al quitársele esos tres ceros al peso, tu saldo contable era de diez pesos.