Las modalidades de pensión para quienes optaron por el Nuevo Régimen de Pensiones, es decir, el de las cuentas individuales, son las dos siguientes:
- Pensión por Cesantía en Edad Avanzada, y
- Pensión por Vejez.
La siguiente pregunta sería: ¿En qué consisten estas modalidades?
- La Pensión por Cesantía en Edad Avanzada. Para el ISSSTE, la edad avanzada de los trabajadores es a partir de los 60 años cumplidos y hasta un día antes de cumplir los 65. Eso sí: debe el trabajador tener 25 años de afiliación y cotización al ISSSTE.
- Pensión por Vejez: aquí aplica la pensión a partir de los 65 años cumplidos, pero con el requisito de haber cotizado al ISSSTE durante al menos 25 años.