Llegado el momento y cumplidos los requisitos, los pensionados con el nuevo régimen podrán optar, para el pago de su pensión, por alguna de las cinco modalidades siguientes:
- Renta Vitalicia;
- Retiro Programado;
- Retiro Anticipado;
- Seguro de Sobrevivencia, y
- Pensión Mínima Garantizada.
Hasta ahora (2014), no se han registrado aún casos de servidores públicos que se hayan pensionado acogiéndose al Nuevo Régimen de Pensiones, es decir, el de las cuentas individuales capitalizables.