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¿En qué consiste la ayuda por gastos de funeral de un pensionado del IMSS?

La ayuda por gastos de funeral consiste en dos meses del salario mínimo general que rija en el Distrito Federal en la fecha del fallecimiento del trabajador pensionado.

Y  según el Artículo 104 de la Ley del IMSS de 1997 (en vigor), esta ayuda se paga a la persona preferentemente familiar del pensionado que presente:

1) Copia del acta de defunción y

2) La cuenta original de los gastos que haya hecho por concepto de funeral.

Esta ayuda consiste en DOS MESES del salario mínimo general (a la fecha del fallecimiento del afiliado). El concepto de salario mínimo, como se sabe, se ha cambiado desde el 2016 al de UMA (Unidad de Medida y Actualización).

Eso sí: el pensionado fallecido debe tener reconocidas cuando menos 12 cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores a su deceso.

Este tipo de ayudas forman parte de las prestaciones económicas que el IMSS contempla para los beneficiarios de sus asegurados.

Obviamente, esta ayuda por gastos de funeral es independiente del reparto de la pensión del fallecido entre todos sus beneficiarios (viudez, concubinato, descendientes y ascendientes), con la prelación establecida en la legislación en vigor y aplicable a cada caso particular.

¿Cuántos años tienen los beneficiarios para reclamar los recursos del trabajador fallecido?

Los beneficiarios de un trabajador fallecido, pueden reclamar ante el ISSSTE los recursos que eran de él (o de ella) hasta diez años después de la muerte del trabajador. En caso contrario, esos recursos pasan a la Tesorería del ISSSTE.

Los beneficiarios, para serlo, simplemente tienen que acreditar documentalmente ante el ISSSTE, PENSIONISSSTE o la AFORE, que lo son. Inclusive, si tienen derecho a pensión, pueden exigirla.

¿También son derechohabientes del IMSS los beneficiarios del trabajador y/o pensionado?

Conforme a lo establecido en la Fracción XIII del Artículo 5 A de la Ley del IMSS, son derechohabientes o derechohabiente: el asegurado, el pensionado y los beneficiarios de ambos que, en los términos de la Ley, tengan vigente su derecho a recibir las prestaciones de este Instituto.

¿Quiénes son los beneficiarios de los asegurados y/o pensionados en el IMSS?

Acorde con lo establecido en la Fracción XII del Artículo 5 A de la Ley del Seguro Social, son beneficiarios del trabajador los siguientes:

  •          El cónyuge del asegurado o pensionado;
  •          A falta de cónyuge, la concubina o el concubinario en su caso;
  •          Los ascendientes; y
  •          Los descendientes señalados en la Ley.

¿También son pensionados los beneficiarios que haya como tal designado el titular de la pensión?

Así es, en efecto. También son pensionados los beneficiarios del pensionado titular cuando, por resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tengan otorgada una pensión por concepto de :

  •          Viudez,
  •          Orfandad, o
  •          Ascendencia.