¿Cuándo se decreta que el trabajador tiene derecho a una pensión por Invalidez o por Riesgo de Trabajo?

Existe invalidez cuando el trabajador asegurado está imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50% de la remuneración que su patrón le venía pagando durante los últimos doce meses de trabajo.

Esta imposibilidad puede ser que el trabajador la haya adquirido por una enfermedad o por un accidente no profesional.

Por su parte, son considerados como Riesgo de Trabajo los accidentes y enfermedades a los que los trabajadores están expuestos en el ejercicio desempeño de su trabajo o con motivo de éste, por lo que son sujetos de una pensión por este concepto.

En ambos casos, es la autoridad (el IMSS) la que decreta la existencia de estas incapacidades y, por tanto, que el trabajador tiene derecho a una pensión por alguno de esos conceptos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.