¿También los pensionados por incapacidad reciben aguinaldo?

La pregunta es muy válida, toda vez que los pensionados por incapacidad, generalmente son personas que aún están en edad de trabajar; además, con cierta frecuencia, pueden superar los problemas que originaron la concesión de incapacidad y, por ende, volver a trabajar. Sobre todo, los de incapacidad parcial.

Contrariamente a los pensionados en general, cuya concesión de aguinaldo no está señalada en la Ley sino en una Circular, en la legislación del IMSS está claramente señalado que los pensionados por incapacidad, deben recibir también su aguinaldo o gratificación anual.

Así está establecido, en efecto, en la Fracción IV del Artículo 65 de la Ley del IMSS de 1973, y también en esa misma Fracción (la IV) pero del Artículo 58 de la Nueva Ley del IMSS de 1997.

También está establecido el aguinaldo de 15 días en el último párrafo del Artículo 71 de la Ley del IMSS de 1973, pero es para los beneficiarios del pensionado que fallezca, que son: (viuda(o), concubina(o), descendientes y ascendientes y son 15 días de la pensión que perciban.

Según esa Fracción, el Instituto les debe pagar a los pensionados por incapacidad permanente, ya sea total y/o parcial con un mínimo de 50% de incapacidad, un aguinaldo anual que equivalga a 15 días (medio mes, pues) del importe de la pensión mensual que estén percibiendo.

Es de destacarse también que esta pensión, en la misma cuantía (15 días), debe pagarse:

  • A la viuda o concubinaria del asegurado;
  • A los huérfanos de padre y madre, menores de 16 años o hasta 25 en los siguientes dos casos:
    • Si es que están estudiando en el sistema educativo nacional, o
    • Si tienen alguna enfermedad crónica o discapacidad física, mental, intelectual o sensorial que les impida mantenerse por su propio trabajo;
  • Y a los ascendientes pensionados (los padres del pensionado que fallezca y que no deje viuda o viudo, huérfanos, concubina o concubinario con derecho a pensión).

A nuestro entender, la única excepción al pago de este aguinaldo de 15 días a que tienen derecho los pensionados por incapacidad (junto con sus beneficiarios), es la que figura en el Artículo 142 de la Nueva Ley del IMSS. Se trata de los casos en que el monto de esta pensión sea inferior a la pensión garantizada. Si es así, entonces la gratificación anual no será de 15 días sino de 30 como mínimo.

Finalmente, conviene reiterar que el derecho de los pensionados o sus beneficiarios para reclamar el pago del aguinaldo, prescribe en un año.

14 comentarios en “¿También los pensionados por incapacidad reciben aguinaldo?”

  1. Mi nombre es jorge tengo 36 soy pensionado por invalidez del imss ley 97 definitiva pero pregunto por que en las empresas no contratan pensionados me refiero a mi caso tengo que estar en tratamiento y el imss pone muchas trabas para el medicamento no quiero ni pensar casos más graves de salud yo no tengo esos problemas gracias a dios pero mi problema es la pension por eso no me dan trabajo

    1. Señor Medina Acosta: gracias por su pregunta y, sobre todo, por navegar en mi blog y consultarlo.
      Lamento mucho la difícil situación que debe estar confrontando por su pensión de invalidez y las dificultades que está enfrentando para mejorar su ingreso y, por ende, su calidad de vida. Ojalá encuentre pronto una solución a su problemática o, al menos, que el IMSS deje de poner tantas trabas para entregarle gratuitamente los medicamentos que su caso requiera.
      Lo que puedo comentarle respecto de su pregunta es que, en efecto, es difícil que las leyes obliguen a los patrones a contratar gente nada más porque son pensionados, por ejemplo. Los contratan por muchas otras razones: porque son capaces, eficientes, preparados, rendidores, innovadores, etc., etc. Y seguramente usted reúne todas estas (y otras) cualidades, pero no lo entienden los patrones o los directores de recursos humanos, etc.
      Por otro lado, le recuerdo que, conforme al Artículo 114 de la Ley del IMSS, “el pago de la pensión de invalidez, en su caso, se suspenderá durante el tiempo en que el pensionado desempeñe un trabajo en un puesto igual a aquél que desarrollaba al declararse ésta”.
      Señor Medina Acosta: Lamento no poder decirle más y ayudarlo. Aprovecho la oportunidad para reiterarme a sus órdenes.

  2. hola mi nombre es gloria quisiera saber si a mi me tocara aguinaldo estoy pensionada de enero del 2018 ya qe segun ya entregaron los aguinaldos en 1 de nov. y no me llego

    1. Gracias, señora Gloria, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Por lo que hace a su pregunta, le informo que, en efecto, sí deben de haberle pagado su aguinaldo a principios de este mes, pues tiene derecho a esa prestación. Así que yo le recomiendo que vaya al banco, saque un estado de cuenta y vea cuánto exactamente le depositaron a principios de noviembre y lo compare contra lo que le estuvieron pagando, mes tras mes, desde enero pasado.
      Otra forma de saber si tiene o no derecho a aguinaldo y si se lo pagarían y cuánto, consiste en que vea la copia de la Resolución de Pensión que usted debe tener y que le dieron el día en que fue a la Subdelegación a conocer cómo iba el trámite de su pensión y al otorgársela, le dieron papeles para que firmara de conformidad, y una copia de lo firmado usted se quedó con ella y en ella aparece cuánto le iban a estar pagando cada mes este 2018 y cuánto le darían de aguinaldo también por este año. Así que cheque bien estas dos formas de conocer si sí y cuánto de aguinaldo.
      Me reitero a sus órdenes y le envío un cordial saludo.

  3. Hola,tuve un accidente de trabajo y me dieron pensión apenas llevo los primeros 6 meses ,mi duda es si recibo aguinaldo ,la pensión que tengo es por dos años y de ahí tengo entendido que me la dan de por vida solo es para checar si mejora o empeora mi caso .
    Cómo puedo checar lo del aguinaldo o solo cae en el depósito donde cobro ?

    1. Gracias, don David, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Ahora doy contestación a su amable pregunta: cualquiera que haya sido la ley (la de 1973 o la de 1997) con la que obtuvo su pensión por accidente de trabajo (conocida como incapacidad parcial o total, temporal o definitiva), usted tiene derecho a un aguinaldo de 15 días. Como sólo lleva apenas 6 meses como pensionado, entonces le toca no aguinaldo completo sino aguinaldo de medio año. Entonces, según mi leal saber y entender, a usted le tocan 7.5 días de aguinaldo y en el 2019 ya le tocarán completos los 15 días, pues ya habrá cumplido un año como pensionado.
      Para checar si recibió o no esta gratificación anual, puede hacerlo en el estado de cuenta del banco en el que le depositan su pensión. Los aguinaldos se depositan en la misma cuenta en que se paga la pensión cada mes. En ese documento usted puede ver si a principios de noviembre (o, cuando mucho, a principios de diciembre entrante) la cantidad o monto que recibió es mayor a la que venía recibiendo cada mes desde hace seis que se pensionó. Esa es la manera en que puede constatar este dado.
      Espero le sean útiles estos comentarios e información, le en´vio un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

  4. buenos días , en el mes de Agosto del 2018 me dieron incapacidad temporal por enfermedad en el IMSS por 2 años.
    y efectivamente en noviembre me depositaron mi aguinaldo, pero fue la proporción de agosto a diciembre.
    mi pregunta es la otra proporción de Enero a Julio me la paga la empresa?.
    espero su respuesta.
    gracias.

  5. Hola yo quiero saber si tengo derecho a aguinaldo ya que tengo una pensión de dos años,me faltan cuatro meses para que se termine fue riesgo de trabajo y por mes me están dando $128 pesos ,parece una burla porque no me sirven de nada , no conviene pensionarce parcialmente porque no cotizas nada te quitan lo de infonavit…(mi pregunta es cuanto me darían a mi de aguinaldo con esta pensión tan baja, y si tengo derecho o no.)

    1. Gracias, don José Luis, por navegar por mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Por cuanto a su pregunta, no estoy en posibilidad de responderla adecuadamente, porque ese tipo de pensiones por incapacidad (riesgo de trabajo) son muy especiales y, además, no sé por qué Ley del IMSS (1973 ó 1997) obtuvo esta magra pensión. Sólo sé que, en efecto, son muy bajas y ridículas. No creí que le pagasen cuatro pesos diarios. Lo que le recomiendo es que vaya al IMSS y pida una reconsideración de su pensión e, inclusive, que ya se dé por terminada porque supongo que es una pensión temporal.
      Le reitero mi disculpa por la insatisfactoria respuesta, le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

  6. HECTOR
    hace 6 horas
    Información de usuario
    ¿También los pensionados por incapacidad reciben aguinaldo?
    BUEN DIA, MI NOMBRE ES HECTOR. CUANTO TIEMPO DURA INFONAVIT PARA REGRESAR EL AHORRO QUE TENGO UNA VEZ QUE ME PENSIONE POR CESANTIA. NO UTILICE EL CREDITO DE INFONAVIT NUNCA.

    Gracias, Héctor, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
    En cuanto a su pregunta, deben regresarle, en una sola exhibición y a través de la AFORE que administra su cuenta individual, la totalidad de los recursos de vivienda unas semanas después de que le lleve a la AFORE una copia de la resolución de pensión que le entregue el IMSS, máxime que no tiene ningún adeudo con el INFONAVIT por no haber recurrido a la obtención de una vivienda.
    Espero le sean útiles estos comentarios y datos. Muchas gracias, reciba un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

  7. Buenos días mi nombre es Francisco y tengo una incapacidad parcial ya cumplí mis 2 años de incapacidad y en estos momentos no percibo mi pencion a causa de que está en trámite mi dictamen mi pregunta es hasta que se de el dictamen me depositaran el aguinaldo o hasta que esté el dictamen

    1. Gracias, señor Ramos, por consultar mi blog. Ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Le comento que esas cuestiones administrativas están fuera de mi conocimiento. Yo sólo veo lo que está en leyes, reglamentos, circulares, etc., pero los procedimientos administrativos los desconozco. Son trámites internos y dependen de los burócratas. No sé cuánto tiempo se tarde en conocer su dictamen. Lo que sí es que usted se ha ganado el derecho al aguinaldo y, en cualquier momento, deben de depositárselo, independientemente del resultado del dictamen.
      Me reitero a sus órdenes y reciba un cordial saludo.

  8. Buenas tardes saludos
    Mi pregunta es si tengo derecho a aguinaldo yo tengo pensión parcial por riesgo de trabajo en junio cumplo los 2 años mi pensión es del 35% sobre el mínimo con derecho a trabajar pero en la empresa no me quieren por miedo a que me vuelva a lastimar pero si estoy activa como si estuviera trabajando dan mis aportaciones y pagan Infonavit o me lo tendrían que dar mi patrón gracias

    1. Gracias, doña María Isabel, por consultar mi blog http://www.elpensionado.com; ojalá lo haya encontrado interesante y, sobre todo, útil para usted, sus parientes, amigos y seguidores.
      Respecto de su pregunta, le comento que, en efecto, usted tiene derecho a aguinaldo. El año pasado, usted debe recordarlo, debieron habérselo pagado también por el tiempo trabajado. Quien se lo pagó el año pasado, deberá éste 2022 pagarle su aguinaldo.
      Los demás asuntos que plantea (volver a trabajar, aportaciones, Infonavit, etc.), las desconozco y no puedo opinar. Una disculpa por ello.
      Le envío un cordial saludo y me reitero a sus órdenes.

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