¿Qué pasa si quedan excedentes después de tomarse de la cuenta individual los recursos para adquirir una renta vitalicia o un seguro de sobrevivencia?

Cuando el trabajador tenga una muy buena cantidad acumulada en su cuenta individual, de manera tal que hasta le sobre después de apartarse el monto para contratar una renta vitalicia y/o un seguro de sobrevivencia, podrá hacer cualquiera de las siguientes tres opciones:

a) Retirar la suma excedente de su cuenta individual en una sola exhibición;

b) Contratar una renta vitalicia por una cuantía mayor de su pensión, o

c) Aplicar el excedente a un pago de sobreprima para incrementar los beneficios del seguro de sobrevivencia.

Este mismo trámite es también aplicable prácticamente al caso de un trabajador fallecido en accidente de trabajo y que haya acumulado en su cuenta individual un saldo mayor al necesario para integrar el monto constitutivo requerido para contratar una renta superior al monto de las pensiones a que tengan derecho sus beneficiarios.

Hasta el 31 de diciembre del 2014, no se habían registrado aún casos de pensión en base a las cuentas individuales.

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